Cuando iniciamos la actividad, la mayoría de nosotros nos decantamos por hacerlo como autónomos, dado que es la opción mas barata, pero si nuestro negocio va mal debemos recordar que respondemos con todo nuestro patrimonio, es entonces cuando la mayoría de nosotros nos planteamos en constituir una sociedad, pero casi todo el mundo opta por una sociedad limitada habiendo otras opciones como la sociedad cooperativa de trabajo. Este aspecto se produce en la mayoría de los casos por el desconocimiento de nuestros asesores. Por ello desde Asesoria C&L, vamos a realizar una pequeña comparativa entre estas dos formas jurídicas.

Tal y como se ve en nuestro cuadro, las diferencias mas llamativas que pueden existir entre ambos tipos de sociedad, es en el aspecto fiscal donde el Impuesto de Sociedades de las Cooperativas es del 20% sobre el beneficio y la posibilidad que tiene los autónomos de estas mismas de afiliarse en el régimen general de la Seguridad Social. Por otro lado, piensa que, si tienes pensado en construir una sociedad Cooperativa, necesitaras un número mínimo de socios (dos socios) y además tendrás limitada la contratación indefinida al 10% sobre el numero total de socios, dado que por la propia naturaleza de la Cooperativa los socios son los trabajadores.

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